Condiciones comerciales generales
Condiciones comerciales generales
Condiciones de suministro y pago
Art. 1
Consideraciones generales / Ambito de validez
Nuestras condiciones de suministro y pago tienen validez exclusiva. No reconocemos las condiciones del cliente contrarias o diferentes de nuestras condiciones de suministro y pago. Nuestras condiciones de suministro y pago regirán también en el caso de que realicemos el suministro con conocimiento de las condiciones contrarias o diferenets del cliente.
Art. 2
Conclusión del contrato
1. Nuestras ofertas son sin compromiso en todas sus partes. Estaremos obligados al contrato únicamente si hemos confirmado por escrito la conclusión del contrato.
2. Todos los acuerdos pactados entre nosotros y el cliente para la realización de este contrato deben consignarse por escrito en este contrato.
3. Nuestras condiciones de suministro y pago rigen únicamente frente a empresas en el sentido del artículo 310, apartado 1, del Código Civil.
Art. 3
Precios / Condiciones de pago
1. Si no se ha acordado otra cosa, regirán los precios indicados en nuestras listas de precios en la fecha del pedido.
2. En caso de variaciones importantes de los costes relacionados con el pedido después de la conclusión del contrato (p.ej., material bruto, materiales adicionales, sueldos, gastos de transporte o contribuciones públicas), estaremos autorizados para adaptar el precio a la modificación de los costes según juicio equitativo.
3. Todos los precios se entienden en euros sin IVA.
4. Los créditos vencerán al pago con el suministro y recibo de la factura y deberán satisfacerse en el plazo de 14 días después del recibo de la factura. Si el pago no se efectúa dentro del plazo, se cargarán intereses por valor de 8 % puntos sobre el interés básico del Banco Central Europeo. Nos reservamos la acreditación y reclamación de daños por intereses más elevados.
5. Letras de cambio, cheques y otros documentos de giro únicamente se aceptarán bajo reserva y sólo en concepto de pago. Esto no afectará a la validez de nuestro crédito. Los gastos de descuento y cobro serán a cargo del cliente.
6. Suministraremos a clientes desconocidos o insolventes únicamente contra reembolso o pago adelantado, a nuestra elección.
Art. 4
Plazos de suministro
1. Los plazos de suministro se entenderán acordados sólo aproximadamente.
2. Los plazos de suministro empiezan a contar por principio a partir de nuestra confirmación del pedido, pero no antes de que estén aclarados todos los detalles de la ejecución y se cumplan todas las condiciones a cumplir por el cliente, en particular no antes de que se hayan aportado todos los documentos necesarios para la realización del pedido y se hayan efectuado pagos a cuenta eventualmente acordados. En los pedidos a solicitud el plazo de suministro empezará a contar a partir del día laboral siguiente a la solicitud.
3. Se considerará cumplido el plazo de suministro si la mercancía está en fábrica a disposición de ser recogida por el cliente o para su envío hasta la expiración del plazo de suministro y la puesta a disposición ha sido comunicada al cliente.
4. No seremos responsables de demoras en el suministro debidas a fuerza mayor u otros acontecimientos de los que no seamos responsables (p.ej., repercusiones de conflictos laborales, escasez de materias primas, interrupciones de la producción, etc.). Esto no será válido en los casos en los que incurramos en culpa de sustitución o previsión o de modificación.
5. Informaremos al cliente sobre circunstancias que provoquen una demora considerable en el suministro.
6. En caso de incumplimiento o rebasamiento de plazos de suministro seremos responables únicamente en caso de dolo o negligencia grave.
7. El compromiso de prestación de indemnización de daños y perjuicios está limitado en su cuantía al daño previsible en el momento de la conclusión del contrato.
8. Si el suministro se ha de realizar a solicitud o especificación por el cliente y si la solicitud o la especificación no se realiza dentro del plazo previsto en el contrato, estaremos autorizados, después de la fijación de un plazo infructuosa, para distribuir nosotros mismos la mercancía y suministrarla, exigir indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento o rescindir el contrato, a nuestra elección.
9. Son admisibles suministros en más o en menos hasta 10%.
Art. 5
Lugar de cumplimiento
1. Lugar de cumplimiento es nuestra fábrica en 58640 Iserlohn, Köbbingser Mühle 10.
2. Nuestro suministro se realiza ex fábrica, es decir, la mercancía será puesta a disposición en nuestra fábrica para ser retirada por el cliente.
Art. 6
Envío y aceptación de riesgos
1. Si el envío de la mercancía se realiza por orden del cliente a otro lugar del lugar de cumplimiento, entonces el riesgo se transferirá al cliente en cuanto hayamos entregado la cosa al transportista o a cualquier otra persona o entidad encargada del envío.
2. Si no ha sido prescrito expresamente por el cliente, el tipo del envío será de nuestra libre elección. Lo mismo es válido para la elección del transportista o porteador. No asumimos ninguna garantía para la elección del tipo de envío más económico. Los gastos del transporte serán a cargo del cliente. Se concertarán seguros de transporte únicamente por deseo expreso del cliente.
3. En caso de devolución de mercancías por motivos que no nos sean atribuibles, entonces el cliente correrá con los riesgos hasta la entrada de la mercancía en nuestras instalaciones.
Art 7
Embalaje
1. La puesta a disposición de la mercancía se realiza sin embalar desde almacén o fábrica.
2. Por deseo del cliente realizaremos el embalaje de la mercancía. Ponemos a disposición embalajes retornables usuales en el comercio como préstamo, que deberán sernos devueltos en el plazo de 2 meses en perfecto estado y libres de portes y de gastos. Si la devolución no se realiza dentro del plazo anteriormente mencionado, se facturarán los gastos de embalaje completos. Los embalajes especiales se facturarán en todos los casos y no se aceptará su devolución.
Art. 8
Garantía
1. El cliente deberá controlar la mercancía inmediatamente después de su recibo, si esto es posible en el curso regular de los negocios, y comunicarnos inmediatamente eventuales defectos. En caso contrario, se considerará aceptada la mercancía, a no ser que se trate de un defecto que no era visible en el control. Si se presenta un tal defecto posteriormente, el cliente deberá comunicar inmediatamente su descubrimiento. En caso contrario, se considerará aceptada la mercancía también en evidencia de este defecto.
2. En caso de mercancías defectuosas prestaremos reposición o subsanación, a nuestra elección. Si una segunda reposición o subsanación no tiene resultado, el cliente tendrá derecho a las otras indemnizaciones legales.
3. El cliente tendrá derechos de indemnización frente a nosotros únicamente si somos culpables de dolo o negligencia grave. Esta restricción no será válida en caso de lesiones de la vida, del cuerpo o de la salud.
4. En todos los casos la obligación de indemnización de daños y perjuicios estará limitada a la cuantía del daño previsible en el momento de la conclusión del contrato.
5. El plazo de garantía está limitado a 12 meses a partir del momento de la transferencia de los riesgos.
Art 9
Derechos protegidos
1. Si la fabricación de mercancías se realiza según los datos del cliente y si se violan con ello los derechos protegidos de terceros, entonces el cliente nos liberará de todos los derechos de terceros por la violación de derechos protegidos.
2. En caso de violaciones del contrato por el cliente sus derechos de protección no estarán en oposición a la utilización de la mercancía conforme al contrato por nuestra parte.
Art. 10
Reserva de la propiedad
1. Nos reservamos la propiedad de todas las mercancías suministradas por nosotros hasta el pago completo del precio de compra, inclusive todos los gastos adicionales. A este respecto, todos nuestros suministros de mercancías serán consideradas como una operación conjunta. En caso de cuenta corriente la reserva de propiedad sirve de garantía para nuestra reclamación del saldo.
2. Si la mercancía suministrada bajo reserva de la propiedad es combinada por el cliente con otros objetos formando una cosa uniforme, seremos fabricantes de la cosa en el sentido del artículo 950 del Código Civil y nos convertiremos en sus propietarios. Si la otra cosa se ha de considerar como cosa principal, adquiriremos una parte de copropiedad correspondiente al valor de nuestra mercancía.
3. El cliente está autorizado para revender la mercancía bajo reserva de propiedad en el curso ordinario de los negocios y nos cede con ello los créditos generados con la venta frente a sus compradores con todos los derechos adicionales. Si el cliente vende el crédito en el marco de una operación de factoring, nos cede ya desde ahora el crédito frente al factor. La parte proporcional de los ingresos deberá sernos transferida inmediatamente.
4. El cliente está autorizado para cobrar directamente los créditos cedidos, mientras cumpla sus obligaciones de pago frente a nosotros. Esta autorización de cobro caducará en caso de revocación, para la que estamos autorizados en caso de demora en los pagos o de empeoramiento patrimonial. Una vez pronunciada la revocación estaremos facultados para presentar a los compradores la cesión de créditos y para su cobro directo. El cliente está obligado, a requerimiento, a porporcionarnos todas las informaciones necesarias para el cobro de los créditos (en particular listas de los créditos con indicación de los nombres y direcciones de los compradores).
5. En caso de demora en los pagos por parte del cliente estaremos autorizados para rescindir el contrato y exigir la devolución de las mercancías suministradas bajo reserva de la propiedad. En este caso le está prohibida al cliente toda disposición de las mercancías que se encuentran bajo nuestra propiedad. El cliente deberá comunicarnos inmediatamente las intervenciones de terceros con indicación de todos los documentos necesarios para una actuación por nuestra parte. Los costes de esta actuación correrán a cargo del cliente.
6. En caso de ejercicio de la reserva de propiedad el cliente deberá devolvernos inmediatamente la mercancía. Opcionalemente estamos facultados para retirar la mercancía bajo reserva de propiedad de las instalaciones del cliente. El cliente renuncia, al respecto, a la reclamación de derechos de protección.
7. La reserva de propiedad se mantendrá también si los créditos que le sirven de base son incorporados por nosotros a una cuenta corriente.
8. Si el valor de las mercancías bajo reserva de propiedad excede en más del 10% nuestros créditos a garantizar, entonces liberaremos a petición del cliente o de un tercero afectado por el sobreaseguramiento las garantías hasta alcanzar un valor por debajo del límite de sobreaseguramiento.
Art. 11
Derecho de embargo
1. Sobre los objetos del cliente que lleguen a nuestro poder se fundará un derecho de embargo a nuestro favor. Este derecho de embargo sirve para asegurar nuestras obligaciones resultantes de la relación comercial corriente.
2. Si el valor de los objetos sobre los que se funda un derecho de embargo a nuestro favor excede en más del 10% nuestros créditos a asegurar frente al cliente, entonces liberaremos a petición del cliente o de un tercero afectado por el sobreaseguramiento los derechos de embargo hasta alcanzar un valor por debajo del límite de sobreaseguramiento.
Art. 11
Prohibición de la compensación
La compensación de créditos del cliente frente a nosotros únicamente es admisible con créditos no litigiosos o confirmados judicialmente.
Art. 12
Lugar de jurisdicción / Derecho válido
1. Lugar de jurisdicción es Iserlohn. No obstante, nos reservamos demandar en la sede social o domicilio del cliente.
2. Regirá exclusivamente el Derecho de la República Federal de Alemania. Está excluida la aplicación del Convenio de las Naciones Unidas del 11-04-1980 sobre contratos sobre la venta de mercancías internacional.
Art. 12
Cláusula salvadora
Si alguna disposición de estas condiciones y de los otros acuerdos pactados fuera o tuviese que quedar invalida, no se verá afectada por ello la validez de las restantes disposiciones. Las partes se comprometen a sustituir la disposición invalida por otra válida que se aproxime al máximo posible al objetivo económico de la invalidada.






